Sanciones


La Sociedad Mexicana de Psicología y las instancias que adopten el Código Ético pueden emprender acciones como las que se mencionan a continuación: reprimendas, censura, expulsión de las organizaciones o de las instancias que lo adopten, divulgación de su nombre a las comunidades de psicólogos, canalización del asunto a otros cuerpos, comités de arbitraje y a las autoridades que por ley pueden conceder y retirar la cédula profesional. Las quejas que busquen soluciones tales como reparación de daños monetarios, cuando se aduzcan violaciones éticas de un psicólogo, deben recurrir a negociaciones privadas, cuerpos administrativos o a los juzgados.

Las acciones que violen el Código Ético del Psicólogo pueden conducir a la imposición de sanciones a un psicólogo por parte del Comité Nacional de Ética en Psicología y de otros cuerpos diferentes a éste, incluyendo las autoridades judiciales correspondientes, asociaciones psicológicas estatales, otros grupos profesionales, comisiones de arbitraje, la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, y otros organismos estatales y federales. Las sanciones pueden incluir desde amonestaciones, hasta la suspensión de la licencia para ejercer la psicología.

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